Hola a todos,
He llamado a la DGT para preguntar si con el carnet de coche puedo conducir una 150GS, siempre que el motor con el que circule sea de 125. No hay ningún problema, siempre y cuando pase la ITV.
Llamo a un par de ITV y en las dos me han dicho lo mismo: tengo que pedir un informe de conformidad de la marca (Piaggio España) y que un taller homologado actúe en la moto en base a ese informe. Así puedo tener una ficha técnica de una moto de 125.
Mi pregunta es, ¿no es mucha vuelta para algo tan simple? Quiero decir, ¿es una opción poner el 125 y circular con él hasta que pase la ITV que le montaría el 150? En papeles pondría que tengo una moto de 150.
PD: no tengo el carnet de moto.
¿Alguien me puede ayudar y aclarar este follón burocrático que tengo en la cabeza?
Muchas gracias!